Los hay que no saben mucho, por no decir nada, de casi nada, excepto una cosa, eso sí, esa la saben siempre: "Qué es lo que harían si estuviesen en nuestro lugar".

miércoles, 29 de mayo de 2013

ZONA O.R.A: “ORA PONGO UNA COSA, ORA LA QUITO”.


Lo que sigue es una copia de las dos primeras cláusulas del contrato que se menciona, y que fueron colgadas en el perfil del contratante de la página web del Ayto de Gozón, apareciendo con fecha 23/05/2013:

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE REGULACIÓN DE APARCAMIENTO Y MANTENIMIENTO EN LAS PLAYAS DE XAGO, BAÑUGUES, AREA RECREATIVA DE MONIELLO Y LUANCO MEDIANTE

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. (AS-2829/2013)

1. OBJETO
El presente Pliego tiene por objeto la gestión del servicio público de regulación de aparcamiento en zonas controladas en las playas de Xagó, Bañugues, área recreativa deMoniello y Luanco a través de procedimiento negociado con publicidad.

2. NECESIDADES MUNICIPALES A SATISFACER
La necesidad que el Ayuntamiento pretende satisfacer mediante el presente contrato es la ordenación del uso de las zonas destinadas al aparcamiento de vehículos en las playas de Xagó, Bañugues, área recreativa de Moniello y Luanco, así como el mantenimiento que garantice la salubridad de los arenales durante la época de mayor afluencia de visitantes.
El mantenimiento de las playas comprenderá la limpieza y mantenimiento de las infraestructuras higiénico sanitarias así como la recogida de residuos sólidos.

Ayer, tras hacerles notar su metedura de pata, modifican el Pliego, y suprimen área recreativa de Moniello y Luanco, quedando las cláusulas 1 y 2 como siguen:

1. OBJETO
El presente Pliego tiene por objeto la gestión del servicio público de regulación de aparcamiento en zonas controladas en las playas de Xagó, Bañugues y área recreativa de Moniello a través de procedimiento negociado con publicidad.

2. NECESIDADES MUNICIPALES A SATISFACER
La necesidad que el Ayuntamiento pretende satisfacer mediante el presente contrato es la ordenación del uso de las zonas destinadas al aparcamiento de vehículos en las playas de Xagó, Bañugues y área recreativa de Moniello, así como el mantenimiento que garantice la salubridad de los arenales durante la época de mayor afluencia de visitantes. El mantenimiento de las playas comprenderá la limpieza y mantenimiento de las infraestructuras higiénico sanitarias así como la recogida de residuos sólidos.

Lo que sí mantienen es la cáusula 8:

8. CANON Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El canon mínimo de licitación del presente contrato se establece en un porcentaje igual al 20% de la recaudación obtenida por la prestación del servicio, porcentaje que podrá ser mejorado por los licitadores.
Se establece el valor estimado del contrato en 200.000,00 €.
…………

Es decir, ¡el valor estimado del contrato es el mismo, se incluya Luanco o no!.
También mantienen la fecha, 23/05/2013, cuando el pliego se modificó ayer.

¿Icompetencia o falta de seriedad?. Diría que las dos cosas, y algo más.

1 comentario:

  1. No sé porqué, Jorge, pero creo que esa cosa que tu prudente educación te lleva a silenciar es la que más nos gustaría escuchar.

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